miércoles, 5 de junio de 2013

JUEVES 6 DE JUNIO. VIGILIA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS FRENTE A CASA ROSADA POR 24 HS.

Formosa, 5 de Junio de 2013
Convocatoria Vigilia de Pueblos Originarios y Organismos de DDHH, 24 horas frente a Casa Rosada
Luego de tres días de encuentro de la Cumbre Nacional de Pueblos y Organizaciones Indígenas, donde asistieron 15 pueblos: Mbya Guaraní, Wichí, Pilagá, Nivaklé, Kolla, Lule, Mapuche, Tehuelche,  Selknam, Qom Formosa, Qom Chaco, Mocoví, Komechingón, Tonocoté, Diaguita, se debatió y llegó a las siguientes conclusiones:

-          En el proyecto de Reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, deben ser suprimidos los artículos sobre propiedad comunitaria indígena, y se debe avanzar sobre una ley especial con participación indígena.

-          Se cuestiona fuertemente el avance de la industria extractiva, con métodos como el fracking. Y se hizo hincapié en un derecho violentado sistemáticamente como es el derecho a la Consulta.

-          Se hizo un homenaje y reconocimiento a mártires de la causa indígena, repudiando la criminalización de la protesta y las represiones que se vienen repitiendo sobre todo en las provincias de Formosa, Chaco y Santiago del Estero.

-          Se denuncia la falta de cumplimiento, malversación de fondos, y hechos dolosos producidos en la implementación del Programa de Relevamiento Territorial (Ley 26.160) del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Se ha tomado la decisión de tomar acciones judiciales frente a los delitos cometidos por los funcionarios actuantes.

-          Por decisión de la Cumbre de los Pueblos y Organizaciones Indígenas, se designa como voceros oficiales de la agenda de la Cumbre indígena al qarashe Félix Díaz y a la autoridad espiritual del Pueblo Wuarpe, Amta Argentina Quiroga.
La Cumbre de los Pueblos  Originarios e Indígenas y los organismos de derechos humanos que venimos acompañando a los hermanos qom como garantes ante la Mesa de Diálogo, ante el incumplimiento de las actas acuerdos firmadas por todos los miembros de la Mesa, acompañamos la cumbre y convocamos a una vigilia a realizarse el próximo jueves 6 de junio, frente a Casa Rosada, desde las 17.00 horas; pediremos a la Presidenta Cristina Fernández que reciba a los voceros designados de la Cumbre, para entregarle el documento que concluye el encuentro.

Convocan:
CUMBRE NACIONAL DE PUEBLOS Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS - APDH (Nacional) – APDH (La Matanza) – AADI – MADRES DE PLAZA DE MAYO LÍNEA FUNDADORA MIRTA BARAVALLE Y NORA CORTIÑAS – SERPAJ – SECRETARIA DE RELACIÓN CON PUEBLOS ORIGINARIOS (CTA) – RESISTENCIA QOM
Adhieren:
ENCUENTRO MEMORIA VERDAD Y JUSTICIA (Asoc. EX Detenidos-Desaparecidos, Liberpueblo, Colectivo por la Dignidad, Ceprodh, Colectivo Memoria Militante, FOL, MST, Tendencia Piquetera Revolucionaria) – COMISIÓN PROVINCIAL POR LA MEMORIA – KOMUNIKACIÓN MAPUCHE AUTÓNOMA – CHAU ROCA – ATE NACIONAL – CTA NACIONAL- MOVIMIENTO PUEBLOS ORIGINARIOS EN LUCHA – CONSEJO DE CACIQUES RANKULCHES-APDH Chaco- APDH- Formosa-Junta Unida de Misiones- Movimiento NO MATARAS. 

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.