martes, 26 de junio de 2012

Hay que estar presentes el 10 de julio a las 10:30 hs. en la  audiencia de apelación en la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín de la calle Güemes 3053  de San Andrés, Pcia. de Bs. As. en defensa de los delegados obreros de Kraft

lunes, 25 de junio de 2012


Comunicado de LIBERPUEBLO por la apelación en defensa de los trabajadores de Kraft  por los cortes de la Panamericana:
El día 10 de julio a las 10:30 hs. se realizará la audiencia de apelación  en la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, donde se tratará el recurso de los defensores contra el requerimiento de elevación  a juicio de la causa penal  Nº 481/09 que tramita por ante La Justicia Federal Criminal y Correccional de Tres de Febrero iniciada contra los trabajadores de Kraft  por  cortes de la Panamericana.


La causa, seguida contra los trabajadores Ramón Bogado, María Rosario, Jorge Penayo,  Javier Hermosilla, Leonardo Norniella, Jorge Penayo, Lorena Gentile y Oscar Alberto Coria fue armada en base a informes de inteligencia ilegal que desnudaran la existencia del “Proyecto X” utilizado por la gendarmería para identificar, clasificar e ir a la pesca de  dirigentes sindicales y del campo popular,  cuya denuncia  originara una investigación que actualmente se encuentra a cargo del Juez Federal Norberto Oyarbide.


Toda la prueba con la que se  pretende llevarlos a  juicio  es nula, porque ha sido obtenida mediante la  infiltración de gendarmes de civil en asambleas  y reuniones de los trabajadores, para convertir en delito conductas que pertenecen al ámbito de ejercicio de la libertad ciudadana y sindical.


Convocamos a todas las organizaciones a enviar su  solidaridad  vía mail a liberpueblo@yahoo.com.ar y hacerse presente el 10 de julio a las 10:30 hs. en la  Cámara Federal de Apelaciones de San Martín de la calle Güemes 3053  de San Andrés, Pcia. de Bs. As. 

martes, 12 de junio de 2012

SAN JUAN: apremios ilegales, vejaciones, torturas


Los familiares de víctimas de apremios ilegales de la comisaría 32 de Casuarinas,  Provincia de San Juan, con el patrocinio letrado del Dr. Javier Alamino informamos a la opinión pública los siguientes hechos que a continuación se detallan:
Que en la dependencia mencionada se llevan a cabo hechos de suma gravedad de manera habitual, esto es: apremios ilegales, vejaciones, torturas, y todo tipo de violaciones a las garantías del debido proceso. 
Que el pasado sábado 02 de Junio del corriente año fueron detenidos varios menores entre los que se encontraban: Juan Michel Carrizo y Luis Alfredo Calvo de 18 y 16 años respectivamente. El segundo de los nombrados fue liberado a las 4hs de ser detenido, mientras que Juan Carrizo aún permanece detenido y alojado en esa dependencia con la particularidad de que padece un pequeño retraso mental. Ambos fueron sometidos a apremios ilegales, fueron golpeados y obligados a declarar contra si mismos en violación a las normas mínimas del debido proceso, también eran obligados a levantarse en la madrugada, llevados hacia afuera y mojados con agua helada a modo de tortura. Asimismo se les obligo a dormir en el piso sacando los colchones de las celdas.
De manera permanente los familares de los detenidos son extorsionados por personal policial quienes les manifiestan que “encuentren quienes fueron los autores del delito porque si no, no largarán a los detenidos”, es decir poco importa si el detenido es o no culpable o sospechado mientras pueda aportar información (él o su familia) de los verdaderos culpables. De esta manera la policía utilizando métodos ilegales realiza la función de un Juez, investigando a quienes consideran culpables, en vez de trabajar en la prevención del delito.
Otros de los detenidos por un hecho distinto y liberados fue el Sr. Pedro Fernando Reta de 25 años de edad, también víctima de apremios, golpes, vejaciones, torturas y violaciones a los derechos humanos, permaneciendo detenido por 12 días sufriendo las torturas mencionadas además de un simulacro de preparación de una picana eléctrica por el que fgue mortificado para que declare lo que el personal policial indicaba.
Es lamentable que en tiempos donde se reivindican los DDHH se cometan este tipo de hechos de suma gravedad, es por ello que junto con nuestro abogado patrocinante acudimos a diversos organismos como INADI, Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia, Ministerio de Gobierno de San Juan, Comisión de DDHH de la Legislatura. Direccíon de Niñes y adolescencia y Defensor del Pueblo además de denunciar el hecho en asuntos internos de la policía.
La seccional n°32 de Las Casuarinas no resuelve los problemas de la gente, cada vez más inseguridad azota a un departamento que hasta hace poco era sumamente tranquilo, consideramos que no se resolverán los problemas de inseguridad con este tipo de actos. 
Son moneda corriente en la localidad el mal desempeño de su personal policial. A modo de ejemplo citamos la negativa a tomar la denuncia a un grupo de personas pertenecientes a comunidades originarias que a fines del año pasado pretendieron radicar la denuncia ante la usurpación de sus campos recibiendo como respuesta. “no tienen título”, por lo tanto no podemos tomarles la denuncia, cuando dicho requisito no es necesario para tal denuncia.
Tampoco reciben respuestas los puesteros frente al abigeato tan común en la zona, los estupefacientes y su venta son moneda corriente y como dijimos líneas atrás, el descontento de la gente es muy generalizado.
En ese marco el personal de la dependencia y su comisario el Sr. Morales pretenden solucionar las cosas “a palos” e incurriendo en prácticas tan desafortunadas para la historia de nuestro país.
Dr. Javier Alamino Naranjo (abogado victimas) cel: 0264  155034917

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.