martes, 18 de diciembre de 2012

CONVOCATORIA A PRESENCIAR la SENTENCIA a los GENOCIDAS DEL CIRCUITO CAMPS


La Plata, 17/12/2012,
 JUSTICIA YA! LA PLATA
CONVOCATORIA A PRESENCIAR la SENTENCIA a los GENOCIDAS DEL CIRCUITO CAMPS
Después de 15 meses, finalmente llegamos a la sentencia. En este juicio no  están todos los represores ni ha sido por todos los compañeros, pero seguiremos luchando hasta que no haya un solo genocida más en la calle ni en su casa.
Digamos presente el día de la sentencia:
* Porque queremos que  los genocidas sean condenados por el delito que cometieron: genocidio.

* Porque estos juicios son del pueblo, que por más de 35 años luchó y lucha contra la impunidad.
*Porque no queremos ni un solo genocida libre.
*Por López, por Adriana Calvo, por nuestros 30000 compañeros detenidos-desaparecidos

 
Miércoles 19 de diciembre. 18 hs
  En el edificio de la Ex AMIA (4 e/ 51 Y 53)
Entrada por calle 51. Presentar el DNI para ingresar.

LOS REPRESORES IMPUTADOS:
Ibérico Manuel Saint Jean  (falleció durante el juicio oral)
Gobernador de facto de la Provincia de Buenos aires. 
Co-autor material de privación ilegal de libertad y tormentos en 61 hechos.
Jaime Lamont Smart
Ministro de gobierno de la Provincia de Buenos Aires. 
Co-autor material de privación ilegal de libertad y tormentos en 61 hechos y homicidio agravado por ensañamiento y alevosía en un caso.
Alejandro Agustín Arias Duval (falleció durante el juicio oral)
Coronel del Ejército argentino.
Miguel Osvaldo Etchecolatz
Subcomisario a cargo de la Dirección General de Investigaciones de la de la Pol de la Prov. de Bs. As.
Autor mediato de privación ilegal de libertad y tormentos en 137 hechos.
Autor mediato de homicidio agravado por ensañamiento y alevosía en 15 casos.
Autor mediato de sustracción, retención y ocultamiento de cuatro menores de diez años. 
Autor mediato de desaparición forzada de  dos menores de 18 años.
Horacio Elizardo Lujan
Jefe de la Unidad Regional de La Plata.
Autor mediato de privación ilegal de libertad y tormentos en 25 hechos.
Co- autor de homicidio agravado por alevosía en 9 casos.
Rubén Oscar Paez (falleció durante el juicio oral)
Jefe de la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de privación ilegal de libertad y tormentos en 106 hechos.
Pedro Antonio Ferriole
Jefe de la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de privación ilegal de libertad y tormentos en 7 hechos.
Santiago Antonini
Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Rodolfo Aníbal Campos
Oficial Policía Provincia Buenos Aires.
Autor mediato de Privación ilegal de Libertad y tormentos en 74 hechos yhomicidio agravado por ensañamiento y alevosía en 21 casos.
Eros Amílcar Tarela
Oficial Principal de la Policía de la Policía de la Prov. de Bs. As.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad en 7 hechos.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 35 hechos.
 Hugo Alberto Guallama
Chofer del Director de Investigaciones de la Policía de la Prov. de Buenos Aires.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad en 2 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía en 4 casos.
Co-autor de desaparición forzada de  una menor de 18 años.
 Carlos García
Oficial Principal Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Autor material de Privación ilegal de libertad y Tormentos en 14 hechos.
Co-autor por dominio funcional del hecho de homicidio en 6 casos.
Co-autor  de desaparición forzada de  una menor de 18 años.
 Domingo Almeida
Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Co-autor de privación ilegal de libertad y tormentos en 106 hechos.
Co- autor de homicidio agravado por alevosía en 22 casos.
Co-autor de sustracción, retención y ocultamiento de 3 menores de 10 años.
Co-autor  de desaparición forzada de  una menor de 18 años.
 Luis Vicente Patrault
Oficial Principal Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. 
Co-autor de Privación ilegal de libertad y Tormentos en 106 hechos.
Co- autor de homicidio agravado por alevosía en 20 casos.
Co-autor de sustracción, retención y ocultamiento de 3 menores de 10 años.
Co-autor  de desaparición forzada de  una menor de 18 años.
Bernabé Jesús Corrales
Segundo Jefe de la Brigada de Investigaciones de La Plata.
C o-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 15 hechos.
Co- autor de homicidio agravado por alevosía en 7 casos.
Fernando Svedas
Comisario de seguridad y segundo jefe de la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 54 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía y ensañamiento en 8 casos. 
Co-autor de la sustracción y retención de una menor de 10 años.
 Miguel Kearney
Subcomisario de Seguridad en la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 65 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía en 8 casos.
Raúl Orlando Machuca
Oficial subinspector segundo en la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 59 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía en 8 casos.
Co-autor de la sustracción y retención de una menor de 10 años.
Julio César Arguello
Cabo en la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 119 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía en 22 casos.
Co-autor de la sustracción y retención de una menor de 10 años.
Mario Víctor Sita
Sargento primero en la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 57 hechos.
Co-autor de homicidio agravado por alevosía en 5 casos.
Co-autor de la sustracción y retención de una menor de 10 años.
Daniel Jorge Lencinas
Oficial Ayudante en la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 24 hechos.
Roberto Omar Grillo
Oficial de la Brigada de Investigaciones de La Plata.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 77 hechos.
Co-autor  de homicidio agravado por alevosía en 9 casos.
Norberto Cozzani
Agente y cabo de la de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 18 hechos.
Co-autor  de homicidio agravado por alevosía en 4 casos.
Co-autor de desaparición forzada de  una menor de 18 años.
Roberto Antonio Cabrera
Oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Co autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 30 hechos.
Autor material de Privación ilegal de libertad en 1 hecho.
 Sergio Arturo Verduri
Oficial Inspector de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 30 hechos.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad en 1 hecho.
Jorge Antonio Bergés
Médico de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Co-autor material de Privación ilegal de libertad y tormentos en 23 casos.
Estaban imputados pero fallecieron durante la instrucción: Reynaldo Tabernero, Rodolfo González Conti,  Osvaldo Sertorio, Carlos Vercellone, Mario Oscar Tocho, Mario Alberto Jaime, Yolanda De Francesco.

¡CARCEL A LOS GENOCIDAS DEL CIRCUITO CAMPS!
 POR LOS COMPAÑEROS ASESINADOS Y DESAPARECIDOS
 POR LOS FAMILIARES DESAPARECIDOS
 ¡POR JUSTICIA!
 EXIGIMOS CARCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA 
 Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos (AEDD); Central de Trabajadores Argentinos (CTA) La Plata-Ensenada; Centro por los Derechos Humanos Hermanos Zaragoza; Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Colectivo de Abogados La Ciega; Insurrectos- Trabajo Social (UNLP); Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); HIJOS La Plata; Unión por los Derechos Humanos, La Plata, integrantes de Justicia YA! La Plata 

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.