sábado, 30 de agosto de 2014

PRESO POR SER POBRE Y DEFENDER A SU FAMILIA. RAZIA EN VILLA 20

En la madrugada del sábado Cesar Fabián García, vecino de la manzana 30 de la Villa 20, escuchó disparos y policías que disparaban en dirección a su vivienda.

Su casa linda con el predio donde se encontraba el asentamiento Papa Francisco y carece de pared, razón por la cual los disparos ingresaban a su vivienda sin que protección alguna pudiera evitarlo.

En su casa estaban su madre, esposa y sus 6 hijos menores.

Para defender a su familia salió con los brazos en alto pidiendo que dejaran de disparar.

Al salir efectivos de la Policía Metropolitana lo detuvieron sin que García se resistiera. Una vez en el piso boca abajo le pegaron un culatazo en la cabeza y patadas en el cuerpo.

Acto seguido la Policía ingresó a su vivienda violentamente (sin tener orden de allanamiento) y apuntó sus escopetas contra toda la familia, incluidos los hijos de Cesar, quienes quedaron muy asustados.

La Policía Metropolitana ingresó a la Villa 20 y detuvo a 2 vecinos más (según los datos obtenidos).

Cesar García no participó en tiroteo ni agresión alguna y se encuentra detenido a las órdenes del Juzgado de Instrucción N° 17 a cargo del Dr. Javier Ríos, Secretaría N° 153 a cargo del Dr. Pablo Cina.

Lamentablemente no encontramos a nadie en el juzgado, ni tampoco hemos logrado que nos atiendan telefónicamente.

Se solidarizaron Martín Hourest (GEN), Rocío Sanchez Andía (CC), Gustavo Vera (Bien Común) y Marcelo Ramal (PO-FIT), quién se hizo presente en la comisaría a fin de exigir la liberación de Cesar.

Exigimos la inmediata libertad de Cesar Fabián García y el dictado de su sobreseimiento, así como la investigación y castigo por los apremios y la violencia desplegada contra familias indefensas.

sábado, 23 de agosto de 2014

REPRESIÓN y DESALOJO EN LUGANO. 500 FAMILIAS EN LA CALLE


CIENTOS DE FAMILIAS A LA CALLE – LA POLITICA HABITACIONAL DE LA CIUDAD

Hoy el Gobierno Nacional y de la Ciudad desalojaron el asentamiento “Papa Francisco” dejando a cientos de familias en la calle, varios heridos y 10 detenidos.

A las 7.30 de la mañana cientos de efectivos fuertemente armados de Gendarmería Nacional, Policía Federal y Metropolitana, al mando del Teniente Coronel Sergio Berni, Secretario de Seguridad de la Nación, irrumpió violentamente en las casas del barrio. Luego de sacar a las familias de cada una de sus viviendas aparecían topadoras para destruir todo a su paso

De esta forma las familias humildes que vivían en el asentamiento perdieron sus casas y las pocas pertenencias que tenían y no llegaron a sacar.

Así cientos de familias fueron arrojadas a la Avenida Cruz, donde las esperaban camiones (de esos que se usan en la industria de la construcción) donde funcionarios de la Ciudad cargaban las pertenencias y a las familias desalojadas para llevarlas a un galpón. Algunos decían que los llevaban a un lugar en Parque Avellaneda, otros a un refugio en Parque Chacabuco.

La imagen que resumió la brutalidad vivida hoy en Lugano fue la de cientos de familias humildes, con sus hijos y las pocas pertenencias que pudieron salvar de las topadoras subiendo a camiones (de los que se usan para llevar materiales de construcción) para ir a un galpón desconocido.

Una vez más quedó en evidencia la convivencia entre el PRO y el FPV. Al operativo conjunto entre fuerzas federales y locales se sumó la falta de actuación del Defensor del Pueblo de la Ciudad, Alejandro Amor, quien declaró luego de producido el desalojo ““no se ha registrado ningún incidente durante el proceso”.

El desalojo fue una demostración brutal de la política habitacional del Gobierno de la Ciudad, que no construyó ni una sola de las viviendas a las que se comprometió en 2010.

 

Joven desalojada: “Tengo miedo que mi hijo nazca en la calle”

 

Angélica vivía en el asentamiento con el marido, cinco hijos, la pareja del hijo mayor y dos nietos.
"Nosotros vivíamos en la Villa 20 y pagábamos 1.800 pesos mensuales para alquilar un departamentito muy chico, por eso, ni bien tomaron estas tierras nos vinimos a marcar un lote", contó Angélica a Télam.
"Todos nuestros ahorros y todo nuestro trabajo de estos seis meses fueron pasados por arriba por la topadora, adelante de nuestros ojos: habíamos comprado cemento, arena, hierro y ladrillo, ya estábamos levantando nuestras propias paredes, y hoy terminamos en la calle", describió.
"Vinieron a las siete de la mañana, entraron a los gritos y nos sacaron a empujones y palazos. Apenas pudimos rescatar lo puesto y alguna otra cosa, y ni los chicos ni nosotros comimos ni tomamos nada hasta este momento", lamentó Angélica.
La desalojada dijo: "El Gobierno de la Ciudad nos va a llevar a un parador, pero ¿qué solución es esa? Además, todas las familias desalojadas de acá ya deben estar buscando alquilar en la villa y, lo que no esté ya ocupado, lo deben cobrar a precio de fortuna", estimó.

Yeseña, de 18 años, que está embarazada de ocho meses y en pareja con Martín, de 19, contó a Télam: "Yo trabajo de doméstica y mi marido hace changas. No podíamos sostener un alquiler de 1.700 pesos en la villa y por eso nos vinimos a la toma desde el primer día".
"Como ya pasaron más de seis meses, pensamos que nos íbamos a quedar acá definitivamente, y mi marido había empezado a construir una casilla de ladrillo y chapa que hoy nos tiraron abajo", dijo.
"Cuando llegaron, entraron, nos sacaron a todos de nuestras casas diciéndonos que era un allanamiento por causas de seguridad, y recién cuando nos sacaron, nos avisaron que era un desalojo".
"Ni mi marido ni yo tenemos familia en Buenos Aires y no sabemos qué vamos a hacer esta noche, porque nadie del Gobierno de la Ciudad nos vino a proponer nada. Estamos esperando que alguien nos dé una explicación y una alternativa, porque tengo miedo de que mi hijo nazca en la calle", remarcó la joven.

viernes, 8 de agosto de 2014

LIBERTAD YA A LOS DETENIDOS DE PANAMERICANA

En el día de hoy fueron detenidos por un operativo de Gendarmería en la Panamericana  María Victoria Moyano y Guillo Pistonesi, miembros del Ceprodh, el legislador electo por el Frente de Izquierda de la Ciudad de Buenos Aires, Patricio del Corro, y a la docente e investigadora del CONICET, María Chávez.
Todos ellos se encontraban dentro de un auto, como parte de la caravana solidaria con los trabajadores de Lear que luchan por su reincorporación.  Rompieron con saña los vidrios del auto violentamente, arrojaron gases lacrimógenos y violentamente se llevaron a los compañeros.
Los compañeros fueron trasladados a la Sede de Gendarmería de Pacheco (Boulogne sur Mer al 800 a dos cuadras del cruce de 202 con Panamericana).
Las organizaciones del Encuentro Memoria Verdad y Justicia nos haremos presentes en el lugar  para exigir la inmediata libertad de los detenidos y brindaremos una Conferencia de Prensa allí mismo.
Hacemos responsables al Gobierno Nacional y Provincial por la integridad de nuestros compañeros. 
Resulta indignante que mientras diversos funcionarios del Gobierno Nacional realizan discursos vacios sobre la defensa de los intereses nacionales, en realidad  llegan al extremo de reprimir salvajemente una protesta contra una multinacional yanqui que NO CUMPLE LAS LEYES ARGENTINAS.
Basta de Criminalizar la Protesta Social.
Ni ajuste - Ni represión

ENCUENTRO MEMORIA VERDAD Y JUSTICIA

sábado, 2 de agosto de 2014

EL GOBIERNO AVANZA Y UNIFICA SU PROYECTO ANTI-MANIFESTACIÓN

En el comienzo del segundo semestre de actividad en el Congreso Nacional el Frente para la Victoria avanza con su proyecto para prohibir y legitimar la represión a las manifestaciones públicas.

Hasta hace unos días existían varios proyectos de distintos diputados del Frente para la Victoria lo cual generó discusiones internas en el bloque (Proyectos Pedrini, Conti, Ferreyra, Carlotto).
Desde el Frente para la Victoria habían informado que salvo una orden directa de Cristina Fernández de Kirchner no iban a avanzar en el tratamiento de los distintos proyectos de ley.
Parece que los Diputados recibieron la orden de Cristina Fernández y han unificado sus posiciones atrás de un nuevo proyecto que toma lo peor de todos los anteriores proyectos, al cual le agregaron un anexo que establece como debe ser la represión de las protestas y manifestaciones.

Breve análisis del proyecto.-

1.- De protestas legítimas o ilegítimas a pacíficas o violentas.
El artículo 1 establece el ámbito de aplicación de la ley: las manifestaciones y protestas sociales pacíficas.
La utilización de la palabra “pacífica” es un hecho problemático y peligroso.
El nuevo proyecto cambió la categoría de “protestas legítimas e ilegítimas” (que generó una catarata de críticas) por la de “protestas pacíficas o no pacíficas”.
Esta nueva categoría de “protestas pacíficas” crea un primer filtro que permite a las fuerzas de seguridad decidir cuando se está presente ante una protesta pacífica y cuando no.
En definitiva es la misma idea y tiene el mismo efecto que la potestad que daba el proyecto de los diputados Pedrini y Kunkel al Ministerio de Seguridad para declarar cuando una protesta es legítima o ilegítima.
Ya no serán legítimas o ilegítimas, ahora serán pacíficas o violentas. Cambian los términos pero se mantiene la idea de darle el poder a las fuerzas de seguridad de decidir  si reprimen o no las manifestaciones públicas.
Los mismos problemas que generaba la categorización de legítimas o ilegítimas existe con la categoría de pacífica: ¿Quién y cómo se determina que una manifestación es pacífica? No esta demás recordar que la policía, muchos fiscales y jueces interpretan que el hecho de que los obreros permanezcan dentro de la fábrica haciendo huelga es una usurpación del inmueble cometida mediante violencia (en la causa penal seguida contra los trabajadores de Kraft por la huelga del 2009). Jueces, fiscales y policías consideran violentos los cortes de calle, los cordones de seguridad de las organizaciones sociales, toman como “elemento contundente” las maderas que se utilizan para el armado de banderas, ni que hablar cuando se hace una manifestación dentro de un edificio público.
El proyecto determina que si la protesta es pacífica se aplica la ley, si no es pacífica las fuerzas de seguridad deben reprimir la manifestación de protesta.

2.- Los requisitos que debe cumplir la manifestación o protesta “pacífica”.

Ahora bien, una vez que las fuerzas de seguridad deciden que una manifestación es pacífica, la misma debe cumplir una serie de requisitos para no ser inmediatamente reprimida, a saber:
1)                                 No debe afectar el funcionamiento de servicios públicos, especialmente los relativos a la educación, la seguridad y la salud pública.
2)                                 Debe dejar la mitad de los carriles libres.
3)                                 Debe levantar la protesta si se afecta la libre circulación de grupos especialmente vulnerables, como niños, adultos mayores, discapacitados y enfermos, entre otros.
4)                                 No debe cometer delitos, ni acciones de sabotaje o aquellas que generen desabastecimiento en materia de salud, alimentos o insumos vitales.
Con el primer inciso se pretende cercenar el derecho de huelga de los trabajadores de los “servicios públicos”, ampliando el concepto de servicios esenciales a educación, seguridad y salud. O casualidad los sectores que han salido a la lucha en los últimos meses.
Prohíbe que se realicen manifestaciones sobre calles, avenidas, autopistas o rutas, ya que obliga a que la mitad de los carriles deben quedar libres (sin importar si se trata de única mano o la cantidad de personas que participan, ni que violación de derechos estén sufriendo), llegando al extremo de prohibir cualquier tipo de hecho que entorpezca la circulación de niños, adultos mayores, discapacitados, enfermos, entre otros. O sea que si hay un adulto mayor, o un niño en un automóvil que pretende circular donde hay una manifestación “pacífica”, la manifestación ya no puede tener lugar, porque debe garantizarse la libre circulación de éstos (incs. 2 y 3).
Por último la ley establece que “la protesta o manifestación social pacífica respetará: 4° La no comisión de delitos”. Lo primero que cabe mencionar es que ¿“la protesta o manifestación” no puede cometer un delito?, los delitos los cometen las personas. Ahora bien, superada la deficiente técnica legislativa, tampoco se entiende que quiere decir: ¿ninguna persona que participa de una protesta debe cometer un delito? ¿El hecho que una persona cometa un delito hace que toda la protesta o manifestación sea ilegal o violenta? Por último, cabe mencionar que para el máximo funcionario del Ministerio de Seguridad (Teniente Coronel Berni), muchos jueces, fiscales y miembros de las fuerzas de seguridad son delitos, el corte de una calle o una ruta, la ocupación de un edificio público, hacer huelga permaneciendo en sus lugares de trabajo, que los pueblos originarios vivan en sus tierras ancestrales, etc.
De esta manera el proyecto establece requisitos que ninguna protesta ni manifestación de la Argentina cumple ni podrá cumplir.
El establecimiento de estos requisitos de imposible cumplimiento está al servicio de dar un elemento que pueda ser manipulado por las autoridades para legitimar la represión de las protestas o manifestaciones “pacíficas”.

3.- La mediación como paso previo a la represión.-

Se prevé la creación de una “Comisión de Mediación para Protestas o Manifestaciones Sociales Pacificas, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y se integrará con representantes de los Ministerios que disponga el Poder Ejecutivo Nacional” (art. 5).
Miembros de esta Comisión de Mediación intervendrá en todos las manifestaciones o protestas (art. 6) a fin de coordinar una reunión entre los manifestantes y la agencia estatal o entes privados involucrados, debiendo el Mediador acordar la agenda de esta reunión.
Una vez concluida la mediación debe labrarse un acta “que contendrá: a.) la fecha, hora y lugar de celebración, b) los nombres de las partes intervinientes, domicilios constituidos, números telefónicos y direcciones de correo electrónico que aseguren una comunicación fluida, c) el objeto y fin de la protesta, d) una descripción sucinta de los temas tratados, posiciones sostenidas y acuerdos celebrados.”
También se prevé que la realización de la manifestación o protesta se pueda comunicar previamente a esta Comisión de Mediación debiendo informar: lugar de realización, objeto e identidad del o los manifestantes delegados (art. 9).
La instancia de mediación es obligatoria en caso de manifestaciones “pacíficas” (arts. 6 y 8).
El proyecto prevé que la manifestación será reprimida una vez fracasada la mediación (art. 10 inc. 2).
El objetivo de la “mediación” es que los manifestantes dejen de manifestar y que acepten como fin de su manifestación que se les conceda una entrevista con algún funcionario del ente estatal que se trate. Si la entrevista es con un funcionario de quinto nivel y no se consigue ningún resultado o solución, no importa.
O sea que para el proyecto las manifestaciones y protestas tienen como único fin lícito solicitar entrevistas con funcionarios del Estado o entes privados y no la de lograr soluciones para los gravísimos problemas que sufre la población.
Tampoco sería lícita una movilización o protesta que no esté dirigida a un ente estatal en particular. Por ejemplo en las reuniones de asesores que trabajó en el consenso de este proyecto se dio como ejemplo de una movilización ilegítima a una marcha contra la impunidad. Cabe hacerse una pregunta: ¿En las marchas del 24 de marzo nos van a intimar a dejar de marchar, elegir delegados y aceptar una reunión con un funcionario de la Secretaría de Derechos Humanos?
La obligación de que los manifestantes tengan delegado para la mediación demuestra dos cosas: 1.) el absoluto desconocimiento de como es una manifestación (¿van a exigir a los vecinos que les cortan la luz que elijan un delegado para reunirse con la empresa de electricidad?), y 2.) la concepción policial y represiva del proyecto quien pretende “negociar” con una persona que debe “dar la cara” por cientos o miles de personas y quedar sujeta al accionar del estado en su contra (hay 5000 procesados por manifestarse).
Asimismo la mediación está prevista como un paso que puede conducir a dos lugares: 1.) una reunión con un funcionario, 2.) una represión policial.
Se prevé a la mediación como un paso previo que una vez “fracasada” por la “intransigencia” de las manifestantes de vía libre a la represión policial.

4.- La reglamentación de la represión.-

Para que no queden dudas respecto de la finalidad de la iniciativa, el proyecto reglamenta (en dos artículos y en un anexo de 21 puntos) como debe ser la represión contra las manifestaciones y protestas.
Luego de los artículos de mediación, se establece que la represión será:
1.)     “Progresiva”, respetando la instancia de mediación y sólo después reprimiendo de menor a mayor.
2.)     Oportuna, hasta tanto se termine la manifestación o protesta.
3.)     Sin armas de fuego, pudiendo utilizar todo otro tipo de elementos o armas.

5.- El chantaje: la amnistía que no cierra las causas de criminalización de la protesta.
El proyecto prevé en su artículo 13: “Declarase la amnistía de los delitos cometidos en el marco de protestas, movilizaciones y reivindicaciones sociales, gremiales y políticas hasta la sanción de la presente ley. Se excluyen los delitos de homicidio, lesiones graves y cualquier otro que implique el ejercicio directo de violencia física sobre las personas.”
Con la incorporación de este artículo se pretende dar un barniz de izquierda o progresista a un proyecto claramente de derecha, y lograr el aval de los organismos de derechos humanos, así como de sectores y diputados de izquierda y centroizquierda.
Se nos pide a cambio que avalemos la prohibición de manifestarse y protestar en nuestro país, así como la represión contra nuestro pueblo cuando salga a luchar, a cambio del cierre de algunas de las miles de causas abiertas en el marco de la política de criminalizar la protesta social.
Por otra parte, la amnistía proyectada con las exclusiones que prevé deja a miles de causas de criminalización sin cerrar. No cierra la causa armada contra los trabajadores de Las Heras, ni cualquier otra causa donde se acuse al compañero procesado por coacción, atentado y resistencia y tantos otros delitos que suponen la existencia de violencia sobre las personas.
No es aceptamos el chantaje.
Frente a la política nacional de criminalizar y reprimir la protesta social se impone la decisión de no reprimir y sancionar la ley contra la criminalización de la protesta social que fue propuesta por Liberpueblo, la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, Cadep, Ceprodh y otros organismos de derechos humanos que integramos el Encuentro Memoria Verdad y Justicia y su objeto es disponer el cierre de todas las causas penales, laborales y/o disciplinarias iniciadas por participar en protestas, manifestaciones, y/o cualquier otra forma de lucha.[1]

6.- La respuesta del Gobierno Nacional a las manifestaciones es la represión.-

Las manifestaciones y todo tipo de acciones en el plano social ponen de manifestó la existencia de conflictos en los cuales hay una demanda por la vigencia o ampliación de derechos populares y una necesidad de respuesta a esa demanda.
Este proyecto lejos de abordar el conflicto cosifica la manifestación (la protesta), la vacía de contenidos y le da una respuesta unívoca y represiva.
En lugar de encarar los términos del conflicto lo anula como tal y da como única respuesta el cese o la represión de la manifestación. De esta forma elimina uno de los términos de la contracción que es la justa demanda en defensa de derechos.
La respuesta que el Gobierno da a la protesta social oculta, al menos, tres cosas:
a.) La legitimidad de los reclamos.
b.) La legitimidad de manifestarse en la escena pública en defensa de esos derechos.
c.) La responsabilidad del Estado en la resolución de los problemas sociales que se expresan a través de la manifestación en la escena pública.

7.- El derecho a la protesta es el primer derecho de una sociedad democrática.-

El ciudadano ha delegado en el Estado la toma de decisiones, el control de los recursos económicos, el uso de la violencia otorgando el monopolio de la fuerza en el Estado. Ante estas delegaciones lo mínimo que el pueblo puede hacer es preservar su derecho de criticar a aquellos en los que hemos delegado todo. Mucho de lo más importante de nuestras vidas está en manos de otros.
Por eso es tan importante reclamar el derecho a la protesta como un derecho esencial.
La protesta es el ejercicio directo por parte de la población del derecho más básico en sociedad: exponer su situación, pedir la solidaridad del resto y exigir respuestas al Estado.
El derecho a la protesta es uno de los pilares fundacionales del constitucionalismo y de la defensa de la democracia. La protesta es una forma de libertad de expresión (Art. 14 y 32 CN), además de una forma de peticionar ante las autoridades (Art. 14 CN), una de las formas del derecho a reunirse, asociarse y actuar en la arena política dentro y fuera de los partidos políticos (Art. 37, 75 inciso 19, CN), conectado a derechos a resistencia y desobediencia civil (Art. 36 CN), una forma de participación política que proyecta a la democracia más allá del voto y de un sistema institucional que usualmente es incapaz de procesar sus reclamos y se cierra corporativamente (Art. 22 CN). Todas estas facetas se refuerzan con el catálogo de derechos incorporados por los tratados de derechos humanos (Art. 75 inciso 22 y ss, CN).
            Los derechos se conquistan y se defienden con lucha y movilización del pueblo. Ningún derecho de los que hoy formalmente se encuentran reconocidos fue “otorgado” por el poder. Por el contrario, todos y cada uno de ellos fue arrancado al poder luego de durísimas luchas. Basta recordar la conquista de las 8 horas de trabajo, el voto secreto y universal, la lucha contra la dictadura genocida, por sólo citar tres ejemplos.
La protesta es la base para la preservación de los demás derechos.
En el núcleo esencial de los derechos de la democracia está el derecho a protestar, el derecho a criticar al poder público y privado.
No hay democracia sin protesta, sin posibilidad de disentir, de expresar las demandas en las calles en conjunto con el resto de la sociedad.

8.- Un dispositivo que articula control social con vigilancia y represión.
            Este y el resto de los proyectos para “regular” la protesta se dan en el marco de:
1.      La implementación del sistema SIBIOS (Sistema Federal de Identificación Biométrica para la Seguridad) que genera una base de datos donde nuestros datos biométricos y sensibles dan a las fuerzas de inteligencia y seguridad una poderosa herramienta al servicio de la represión de los que luchan (para profundizar ver “Sonríe…”).
2.      Las tareas de inteligencia ilegal llevadas a cabo sobre militantes y organizaciones populares (expuestas a la luz a través del Proyecto X),
3.      La sanción de la Ley Antiterrorista,
4.      La criminalización de la protesta social (que tiene como saldo más de 5000 personas procesadas por participar en manifestaciones o actos de protesta).
5.      La designación del genocida Milani al frente de las FFAA.
6.      La pretensión de utilizar a las FFAA en tareas de seguridad interna.
7.      La negativa a abrir la totalidad de los archivos de la dictadura.
8.      La condena a prisión de personas por participar en manifestaciones (los 6 vecinos de Corral de Bustos, los trabajadores de Las Heras, Esteche y Lescano, y Néstor Marcolín trabajador de la línea 60).
9.      El asesinato de 29 personas en ocasión o por motivos de protesta social desde el año 2003 a la fecha. Desde el año 2010 hubo 24 asesinatos.
10.  Las desapariciones que continúan impunes de Julio López, Luciano Arruga y Daniel Solano (por sólo mencionar los 3 casos más conocidos),
11.   La profundización de la represión a los trabajadores en las últimas semanas (Emfer-Tatsa-Lear).
           
Los hechos mencionados se encuentran íntimamente relacionados y son parte de una política general deliberada contra el campo popular, configurando gravísimas violaciones a los derechos humanos del pueblo argentino.
            Estos hechos que se presentan ante las grandes masas como desconectados, implican un deslizamiento hacia una sociedad vigilada, donde el control social de la población sea algo normal y donde la represión se encuentre legitimada.
Tres aspectos del entramado que va configurando un dispositivo que tienen efectos concretos en el presente (procesados, recolección de información de inteligencia sobre militantes, presos, condenados, asesinados, etc.) y comprometen el futuro democrático del país.
Todo este andamiaje es el instrumento necesario para la implementación de una política que nada tiene de defensa de lo nacional y popular y que tiene como objetivo que la crisis la paguen los trabajadores y el pueblo.

9.-DEBEMOS FRENAR EL AVANCE SOBRE LAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS

La protesta social es el primero de los derechos de los pueblos: sin lucha social ni movilización popular no hay posibilidad alguna de conquistar el acceso a los derechos formalmente proclamados, defender los amenazados o conquistar nuevos derechos.
La historia nos ha enseñado que ninguna Ley es garantía suficiente para el respeto de los derechos humanos; solo el pueblo movilizado puede garantizarlo.
Estos proyectos de “regulación de la protesta” son contrarios a los derechos humanos e intereses de nuestro pueblo, que quiere avanzar hacia un país verdaderamente libre, igualitario y justo.
La libertad por la que no se lucha se pierde. Por eso debemos enfrentar estos proyectos derechistas que pretenden imponer la criminalización, la represión y el silencio a quienes quieren manifestarse.
Porque no permitimos que nos prohíban manifestarnos y protestar contra los atropellos del Poder, exigimos que se rechacen los proyectos “anti-manifestación”, se sancione la Ley contra la Criminalización de la Protesta Social y cese de inmediato la represión a los que luchan.

Liberpueblo
(Asociación por la Defensa de la Libertad y los Derechos del Pueblo)
30/07/2014



[1] “ARTÍCULO 2°. Se dispone la extinción de la pena y/o la acción penal en todas las causas judiciales contra personas imputadas a raíz de su participación en hechos ocurridos con motivo y finalidad de reivindicación social, de derechos humanos, económica, política, laboral, sindical, gremial, cultural, estudiantil, ambiental, de usuarios, de derechos de los pueblos originarios, de salud, de educación, de justicia, de género e identidad sexual a las que se les impute una figura penal, cualquiera sea el bien jurídico lesionado y el modo de comisión.”

viernes, 1 de agosto de 2014

REPUDIAMOS REPRESIÓN Y EXIGIMOS LA INMEDIATA LIBERTAD DE LOS COMPAÑEROS DETENIDOS EN FORMOSA

El pasado lunes 28 de julio en las tierras del pueblo Wichi de la comunidad de "El Colorado", Departamento Ramón Lista de la provincia de Formosa tuvo lugar un inmenso operativo represivo de allanamiento con 11 vehículos de la policía provincial y aproximadamente unos 70 efectivos.
Bajo la responsabilidad del gobernador de la provincia Gildo Insfrán y de su Ministro de Gobierno, Jorge Abel González, y con una orden firmada por el Juez Orella de Las Lomitas, se llevó a cabo este nuevo episodio de represión contra el pueblo Wichí. 6 compañeros -entre ellos los hermanos Avelino, Esteban, Manuel y Ricardo Tejada- fueron detenidos, maniatados y brutalmente agredidos y baleados, sus casas y pertenencias destruidas y las mujeres y niños golpeados, todo ello en sus propias tierras.
"Nuestra comunidad fue invadida por la policía y varios hermanos fueron llevados a la fuerza y le metieron bala de goma y uno de ellos está internado en el hospital de Ingeniero Juárez" expresaron los compañeros Wichi. El compañero herido se encuentra hospitalizado en estos momentos en el Hospital central de Formosa.
Estos hechos de gravedad ocurren cuando está en plena vigencia la ley nacional de emergencia 26.160 de "Relevamiento Territorial de las Comunidades Indígenas en Argentina", que fue sancionada a fines del año 2006, y que constituye una de las principales obligaciones que el Estado argentino debe cumplir al reconocer los derechos de los pueblos indígenas. Esta ley suspende los desalojos de las tierras ocupadas tradicionalmente por estas comunidades.
Los 6 compañeros detenidos fueron trasladados a Las Lomitas y hasta el día de hoy se deniega su excarcelación. Anoche fue tomada la comisaría de El Potrillo por parte de la comunidad indígena de El Colorado y permanecerán allí hasta lograr la libertad de los detenidos.
Hacemos responsables de esta situación al Gobierno Nacional y al Gobierno Provincial de Formosa y exigimos la inmediata libertad de todos los compañeros detenidos y la atención de todos los heridos.
BASTA DE REPRESIÓN!
NO A LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA!
LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS!

Asociación de Ex-Detenidos Desaparecidos
LIBERPUEBLO, Asociación por la Defensa de la Libertad y los Derechos del Pueblo
APEL
CEPRODH
CADEP

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.