sábado, 3 de noviembre de 2012

CONDENARON Y ESTAN DETENIDOS SEIS VECINOS DE CORRAL DE BUSTOS A PENAS DE 5 A 7 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA ACUSADOS DE PARTICIPAR EN UNA PROTESTA


Convocamos a participar en el acto convocado por la CTA de CORDOBA para el lunes 12 de noviembre de 2012 a las 10.30 horas en las escalinatas del edificio de Tribunales



El abogado Víctor Barbero y Néstor Pasquini, periodista y dueño de la FM Show de Corral de Bustos, fueron sentenciados a siete años de prisión por “instigadores” del incendio; Rubén Omar Astudillo, maestro confitero, y Juan José Guayanes, repartidor de bebidas, con penas de cinco años como coautores penalmente responsables de los delitos de daño calificado e incendio; Juan Marcelo Farías, jornalero, y Horacio Esteban Guayanes, albañil, condenados como “responsables del delito de incendio”, con otros cinco años de prisión efectiva.

Esta es la respuesta del Gobierno y la Justicia de Córdoba a la pueblada contra el abuso del poder político, judicial y policial de Corral de Bustos, que terminó en un ‘oportuno’ incendio de los archivos de Tribunales.


Este caso no ha despertado toda la atención del campo popular que debiera por su gravedad extrema.
Por esta razón y con el fin de interiorizarnos y conocer el caso, a continuación reproducimos un reportaje realizado por la revista VEINTITRES a los 6 compañeros injustamente presos en el penal de Villa María, Provincia de Córdoba en prisión.



Somos chivos expiatorios de una justicia cordobesa que quiso tapar con nuestra condena la mafia de los tribunales. No es casual que el fiscal, en su alegato, haya pedido una sentencia ‘ejemplificadora’ para el pueblo de Corral de Bustos”. 
El abogado Víctor Barbero inicia su relato rodeado de otros cinco presos, en un locutorio de la cárcel provincial del Villa María. Se trata de una habitación con una mesa y sillas a su alrededor, una ventana con vidrio fijo permite que los guardias penitenciarios oteen cada tanto lo que sucede en el interior. Ellos son la respuesta judicial a la pueblada y el incendio de los tribunales de la ciudad del sur de la provincia, ubicada a 15 kilómetros del límite con Santa Fe.

Junto a Barbero, sentenciado a siete años, se amontonan para contar sus penurias Néstor Pasquini (periodista y dueño de la FM Show de Corral de Bustos), también sentenciado a siete años junto al letrado por “instigadores” del incendio; Rubén Omar Astudillo (maestro confitero); Juan José Guayanes (repartidor de bebidas), con penas de cinco años como coautores penalmente responsables de los delitos de daño calificado e incendio; Juan Marcelo Farías (jornalero), y Horacio Esteban Guayanes (albañil), condenados como “responsables del delito de incendio”, con otros cinco años de prisión efectiva.

“Necesitamos que se conozca esta injusticia que sufrimos –dice Pasquini, cuyo caso fue denunciado por la organización Reporteros Sin Fronteras–, este juicio fue la vendetta del Poder Judicial cordobés contra el pueblo de Corral de Bustos, por los reclamos de justicia, y nosotros los perejiles que les quedamos a mano”.

Pasquini fuma un cigarrillo Colorado tras otro, Astudillo apoya los codos sobre las rodillas, a veces se pasa las manos por la cabeza, Farías abre los ojos y cruza sus brazos, los Guayanes, tío y sobrino, se mantienen más alejados, en una punta de la habitación, expectantes. Conforman parte de los 2.000 vecinos que aquel 4 de diciembre de 2006 gritaron su bronca en la plaza central del pueblo ante los tribunales rebasados de sospechas de corrupción, impericia y desidia que en igual grado colmaron la paciencia de la comunidad y terminaron apedreando el edificio judicial.

Esa pueblada nació en el cortejo fúnebre que acompañó los restos de la niña Ariana Sabache, de tres años, que apareció muerta a golpes y violada por su padrastro Néstor Mercado, conocido patotero del barrio IPV. La abuela de Ariana había recurrido varias veces a la Justicia, anunciando que la tragedia se cernía sobre la niña pero nunca logró una intervención que protegiera a la víctima. Y eso fue lo que sacó de las casillas al pueblo, más allá que el fiscal Raúl Moll ya hubiera ordenado la detención de Mercado y su hermano César el día del funeral. Además, el caso de Ariana era el último de una lista de 18 crímenes sin resolver en Corral de Bustos.

La multitud reclamó, reunida en la plaza, que el juez a cargo de la causa de la muerte de la niña, Jorge Omar Farías, saliera a dar explicaciones. Se designó a Barbero y a Raúl Alberto Ruggeri, hermano del reconocido jugador de fútbol, para que plantearan las quejas de los presentes al magistrado, pero Farías se negó. También Ruggeri terminaría detenido, aunque fue posteriormente liberado.

“Entramos y ya no quedaba ninguno de los empleados adentro, sólo el juez y algunos pocos funcionarios.  Al resto ya los habían sacado a las 9 de la mañana cuando la movilización empezó a las 10. Abandonamos el edificio y vimos que empezó a salir humo. Posteriormente dos testigos que entraron al edificio vieron al juez echando expedientes al fuego, las estanterías están tiradas al suelo. Estamos convencidos de que el fuego empezó desde adentro. Fueron ellos quienes aprovecharon la situación para quemar todo porque estaban muy sucios”, cuenta Barbero. 

Las sospechas sobre la Justicia se confirmaron cuando años después el jury de enjuiciamiento destituyó al fiscal Moll por mal desempeño, no sólo en el caso de Ariana sino en otras causas sin esclarecer. Por su parte, el juez sustituto Farías fue amonestado y rebajado al cargo de secretario de un juzgado de Control en la ciudad de Oliva. 

El vocal de Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, Luis Rubio, se instaló por largas semanas para organizar la investigación “dada la gravedad institucional del caso”. 

¿Causa armada? “Esta causa estuvo planificada desde el principio. Entre el día 4 de diciembre al 20 no se produjo ninguna detención, teniendo en cuenta que se trata de un pueblo donde nos conocemos todos y que todos estuvimos en la plaza a cara descubierta. ¿Por qué tardaron tantos días, dada la magnitud de los hechos?  Salieron a detener a 45 vecinos al voleo y terminaron imputando a 34”, cuenta Juan Farías.
Las detenciones llevaron a que el pueblo se mantenga movilizado, organizado por CTA de Villa María que convocó asambleas periódicas, actos y caravanas durante dos años, hasta lograr que uno a uno fueran liberados los detenidos, aunque la causa siguiera abierta (Ver “La policía amenazaba a la gente en las marchas”).

Si bien la imputación inicial del fiscal Viramonte fue “Fabricación y/o tenencia de bombas y o materiales capaces de estragos, 189 bis del Código Penal”, el fiscal cambió la carátula porque se trata de un delito de orden federal que escapa a la jurisdicción de la provincia. Cuando los acusados reclamaron que la causa pasara a la justicia federal, el TSJ negó la competencia, a pesar que el fiscal de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Alberto Lozada, otorgó la razón al planteo de la defensa del caso respecto de que el delito pertenece a la Justicia Federal, y por lo tanto no debía ser juzgada en el fuero provincial.

Francisco Lavisse, abogado de Barbero, criticó todo el proceso de instrucción y dijo a Veintitrés que la Justicia provincial “imputó por un delito federal y los tuvo detenidos por más de un año, después los sobreseyó, pero los mantuvo en la causa sin haber sido indagados por los nuevos delitos que después les imputaron. Así llegaron a juicio”. 

Además, el letrado afirmó que hubo imputados y testigos coaccionados a declarar de modo especial o a cambiar su declaración con amedrentamientos físicos y psicológicos. “Se condenó por expresar la opinión, sin que haya existido ni una sola palabra incitando a quemar, romper, herir, tirar piedras ni ninguna acción delictiva. Para colmo la acusación del fiscal de Cámara se basó en prueba falsa e inexistente, sin que la Cámara haya dispuesto medida alguna en tal sentido. Detrás del fiscal todavía se puede observar la política trabajando, por eso denunciamos penalmente al fiscal Telmo López Lema y pedimos su Jury de enjuiciamiento”.

Triángulo de las Bermudas cordobés. La creación de los tribunales de Corral de Bustos obedeció a la cantidad de delitos que se producían en la zona que conforma un territorio conformado por dicha localidad, la comuna de Arias y la ciudad santafesina de Venado Tuerto. “Es reconocida la zona por el robo de camiones por piratas del asfalto, las denuncias de pistas clandestinas donde avionetas traen droga, la cantidad de casos de homicidios sin esclarecer y los despojos de propiedades”, cuenta Pasquini.
Además, la complicidad de la policía provincial con los delitos está en boca de todos. Un mes antes de la pueblada, el adolescente de 15 años Hernán Farías apareció muerto en la salida de la ciudad, en apariencia ahorcado desde la rama de un árbol pero con las piernas recogidas. Dicen que el chico actuaba como delivery de drogas y que la policía estaría involucrada en el crimen. Su padrastro, Hugo Dobba, reclamó insistentemente la autopsia del cuerpo sin que obtuviera ningún resultado. 

“Dobba fue detenido en tribunales, acusado de participar en la pueblada, cuando se encontraba exigiendo la autopsia”, dice Juan Farías, que conoce bien el caso porque el joven era su primo y acusa a un sargento de la policía de apellido Martín de estar involucrado en la muerte. “Ese mismo Martín es quien encontró una botella de plástico que la Justicia dice que utilizada como bomba molotov para iniciar el incendio”, agrega.

Barbero sonríe con ironía: “Por eso les dije a los del tribunal que si esa era la prueba que tenían del incendio que me pasen la fórmula para hacerme millonario. Lo cierto es que no tenían ningún material probatorio para explicar cómo se inició el fuego, tampoco hubo ninguno de los 208 testigos que pasaron por el juicio que señalara a quien presuntamente inició el fuego, tampoco se realizaron peritajes en el edificio, con participación de peritos de parte de las defensas”. 

“Imaginate que el incendio fue el cuatro y el cinco estaban los camiones de basura de la municipalidad limpiando el lugar. ¡Al otro día! Eso no se podría haber hecho si querían investigar en serio”, afirma uno de los Guayanes desde el fondo del locutorio.

La destrucción de la prueba incluyó la demolición del edificio aun antes de iniciado el juicio, por lo que no hubo una reconstrucción de los hechos a la hora de juzgar a los imputados. “Ese edificio era alquilado así que a los tres años lo voltearon e indemnizaron al propietario con 650 mil pesos cuando no valía más de 400 mil. Fue otro negociado relacionado con esta causa”, suma Barbero.

La desaparición de elementos incluyó una grabación del canal de televisión local que tenía registro completo de los hechos. “Resulta que esa grabación se mandó de Corral de Bustos a Marcos Juárez, donde el fiscal que instruyó la investigación, Carlos Viramonte, iba a recibirla. Pero parece que se rompió en el camino y nunca se puedo utilizar como prueba. Ahí estaba claro que el humo empezó a salir del edificio antes de que la gente rompiera las puertas, hecho que demostraba cabalmente que el fuego empezó desde adentro y no, como terminó diciendo la Justicia, a causa de la movilización”, dice Pasquini.

Para dar un ejemplo de cómo las detenciones e imputaciones carecieron de un criterio jurídico, los presos cuentan el caso de un camionero llamado Héctor Romani. “Él fue uno de los detenidos. Se comió 12 días preso hasta que pudo demostrar que ese día no estaba en Corral del Bustos y lo liberaron. Por su trabajo, estaba en el puerto de General Alvear descargando granos. No lo querían largar, así que les llevó las cartas de porte que se les entrega a los camiones cuando entran a un puerto. Ni así le aceptaban su inocencia, por eso tuvo que traer a ocho camioneros que testificaron que ese día estuvieron con él en el puerto.  ¿Por qué lo detuvieron? En realidad, Romani le había metido una denuncia al juez Farías por una resolución del magistrado, por otra causa en la disputa de tenencia de sus hijos con su ex mujer. La excusa fue que en realidad buscaban a un tal Romano, no Romani”, cuenta Pasquini. 

Dicen los condenados que la Justicia de Corral de Bustos aprovechó para cobrarse antiguas facturas pendientes. Al periodista, porque denunciaba la corrupción en su radio; a Barbero, por sus críticas a la falta de acción y a la corrupción en tribunales. Ambos fueron condenados como instigadores. Al resto por participar de la movilización.

“Acá lo cierto es que la Sagrada Familia judicial cordobesa quiso dar un fuerte mensaje sobre su poder incuestionable. Criminalizaron la protesta social y nosotros pagamos el pato, en un juicio viciado de nulidad. Somos presos políticos de un sistema judicial corrupto e impune”, concluye Pasquini. Su situación fue denunciada a nivel internacional y su abogado llevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

“La policía amenazaba a la gente en las marchas”

Oscar Mengarelli, secretario general de la CTA Córdoba, fue de los primeros que se acercó a Corral de Bustos para llevar la solidaridad y aportar a la organización de las manifestaciones. Con otros militantes de la central sindical, participó en las manifestaciones para pedir justicia. “La gente fue creyendo en su propia organización, y asumió que debían estar en la calle. Esto duró dos años y se logró que todos los detenidos recuperen la libertad. Lamentablemente la gente creyó que serían todos sobreseídos y cuando el poder advirtió que la gente se tranquilizó, volvió a la carga y elevó a juicio la causa. Y terminó con las condenas”, dijo el dirigente.
Mengarelli coincide en que los condenados “son presos políticos porque se movilizaron para reclamar justicia y por recriminarle a la policía y al poder judicial. Pasaban cosas en el pueblo inadmisibles y estaban cuestionando el andamiaje del Poder Judicial de forma muy contundente. Por eso la Sagrada Familia judicial impuso sentencias ejemplificadoras. No les demostraron ningún delito a los que hoy siguen presos, que salieron en medio de una pueblada, por eso la movilización fue representativa de una bronca de larga data que había en el pueblo”.

Y agregó: “Durante las marchas la policía amenazaba a la gente para que no participe, hubo un intento de meter miedo. Apretaron todo lo que pudieron”.

En octubre del 2010 la CTA presentó en la justicia federal de Bell Ville una denuncia por torturas a dos jóvenes testigos sufridas en dependencias policiales para que firmen declaraciones que incriminaban a los acusados. La fiscalía, a cargo de Mercedes Pérez de Sorribes, desestimó la denuncia porque “los hechos se habían producido en una comisaría” y consideró que debía juzgarse en la Justicia ordinaria, una enormidad dado que los casos de tortura se juzgan en el fuero federal.






Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.