jueves, 12 de julio de 2012

LIBERTAD INMEDIATA A LOS 5 PETROLEROS DE LAS HERAS

El lunes 25 de junio en la localidad santacruceña de Las Heras: Arnoldo Castillo, Pablo Schilling, Facundo Donel, Marcelo  Palma y Elvio Reales, trabajadores petroleros despedidos,  mientras estaban ocupando pacíficamente la sede sindical del Sindicato Petrolero en Las Heras exigiendo su reincorporación y el llamado inmediato a elecciones en su Sindicato intervenido,  fueron detenidos por la policía provincial por orden del Dr. Eduardo Alejandro Quelín, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción N° 1 de Las Heras, Provincia de Santa Cruz.
Este Juez es el mismo que ordenó mantener la prisión preventiva durante 3 años a los 6 trabajadores de Las Heras, injustamente acusados del asesinato del Policía Sayago (Darío Víctor Catrihuala, Juan Pablo Bilbao, Ramón Inocencio Cortéz, Alexis Pérez, José Rosales y Humberto Hugo González).
El gobierno de Cristina Kirchner que se dice “nacional y popular” no vacila en reprimir, criminalizar y detener a los trabajadores que luchan para que no se descargue la crisis sobre las espaldas de los petroleros con despidos, suspensiones, y con el impuesto al trabajo, la quita de las asignaciones familiares, y los topes salariales.
Resulta imprescindible llevar toda la solidaridad para con los 5 trabajadores presos por luchar, y exigir su inmediata liberación y posterior sobreseimiento.
Pueden enviar su solidaridad a nuestro email: liberpueblo@yahoo.com.ar.
Asimismo convocamos a enviar sus petitorios pidiendo por la libertad de los detenidos, al mail del Juez a cargo equelin@jussantacruz.gov.ar.

EXIGIMOS LA INMEDIATA LIBERTAD DE Arnoldo Castillo, Pablo Schilling, Facundo Donel, Marcelo  Palma y Elvio Reales.

Basta de represión y criminalización de la protesta social.

Liberpueblo, Asociación por la defensa de la libertad y los derechos del pueblo.

lunes, 2 de julio de 2012

MARTES 3/7 A LAS 17 HS TODOS CON LOS TRABAJADORES DE LA EX-BOSCH


LOS TRABAJADORES DE RBI (EX-BOSCH) NECESITAN NUESTRA SOLIDARIDAD.


Los trabajadores de RBI (ex-Bosch) se mantienen dentro de la fábrica custodiando las máquinas de la empresa luchando por sus fuentes de trabajo frente al vaciamiento dispuesto por la patronal.
En la mañana de hoy (2-7-2012) una patota integrada por miembros de la barra brava de Chacarita, enviados por la patronal, desalojaron a los trabajadores que se encontraban dentro de la fábrica. Luego del mediodía los trabajadores lograron volver a ingresar a la fábrica y se mantienen adentro pese a las amenazas de nuevas agresiones de las patotas y de la represión policial.
Los trabajadores lograron frenar el vaciamiento de la empresa y luchan porque se comience a tratar un proyecto de expropiación de la fábrica que permita conservar todos los puestos de trabajo.
Es necesario rodearlos, sin demora, de toda nuestra solidaridad.
Por eso nos hacemos eco de la convocatoria planteada por ellos que se realizará mañana martes a las 17 horas en la puerta de la planta en Calle 34 e Iturraspe, San Martín.

LIBERPUEBLO, Asociación por la defensa de la libertad y los derechos del pueblo

Que hacer en caso de ser detenido



QUE HACER EN CASO DE SER DETENIDO


Estas son algunas recomendaciones jurídicas en caso de ser detenido

Artículo 18 de la Constitución Nacional: “Ningún habitante de la Nación podrá … ser arrestado sino en virtud de orden escrita emanada de autoridad competente…”


1.- PEDILE A LA POLICIA QUE SE IDENTIFIQUE Y TE INFORME PORQUE MOTIVO TE DETIENE.


En caso de que seas detenido, la policía tiene la obligación de identificarse, esto quiere decir que debe darte su nombre, cargo, Nº de legajo y por sobre todo DEBE DECIRTE POR QUE CAUSA TE DETIENE.

La causa de la detención puede deberse a que exista: 1) Sospecha de que hayas cometido un delito, en cuyo caso la policía esta obligada a dar inmediata intervención a un juez penal de tu situación de detención; 2) Que se te acuse de que hayas realizado una contravención prevista en el Código de Faltas (como por ejemplo: desorden, ebriedad, vagancia, etc), supuesto en el cual según el lugar en que sos detenido, (en Capital Juez Contravencional, en Provincia de Bs.As., Juez Correccional) debe dar intervención al juez que corresponda; c) que el policía te informe que tu detención es a los fines de acreditar tu identidad (nombre, DNI, etc.) o como comúnmente se denomina “averiguación de antecedentes”, por el que no podés estar demorado en la comisaría por más de 10 hs. en Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires por más de 12 hs.


2.- ES TU DERECHO NEGARTE A DECLARAR Y A NO EFECTUAR RECONOCIMIENTOS DE COSAS, LUGARES O PERSONAS.


El mismo artículo de la Constitución Nacional te brinda la garantía de negarte a declarar sin que ello implique presunción en tu contra (hayas hecho algo o no). Basta simplemente decir ante cualquier requerimiento de la policía, fiscal o juez “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NEGARME A DECLARAR”. Si durante tu detención en la comisaría has recibido maltratos o golpes, esto no significa que no los puedas denunciar ante el Juez sino todo lo contrario, ni bien le dan intervención al juez, denuncia ante él todos los maltratos que hayas sufrido. Esto sirve, cualquiera fuere el lugar de tu detención tanto en Capital como en Provincia de Buenos Aires y cualquiera fuere el motivo de tu detención, sea por imputación de un delito, una falta o inclusive a fin de acreditar tu identidad.

Tu única obligación es identificarte ante la policía, fiscal o juez (tu nombre y apellido, número de documento y domicilio) cualquiera sea la zona de tu detención. Esta zona se denomina “jurisdicción”.

El domicilio. Es necesario que fijes un domicilio. El domicilio que elijas no necesariamente es el real (donde vivís), sino un lugar donde ante la visita de la Policía digan que vivís allí, que te conocen y que puedan recibir notificaciones sin que sean rechazadas. Es por esto que siempre es necesario tener presente un domicilio con tales características de antemano. El domicilio de Liberpueblo nunca puede ser usado para esto, entre otras cosas porque será el domicilio legal durante el juicio.

Tu negativa a declarar amparándote en el artículo 18 de la Constitución Nacional diciendo “HAGO USO DE MI DERECHO CONSTITUCIONAL DE NO DECLARAR” significa además que no te pueden obligar a reconocer personas, objetos o cualquier tipo de elementos, documentos, grabaciones, etc., y se encuentra protegida por la misma garantía constitucional. Por que cuando te negás a los reconocimientos el juez no puede decir que vos hayas aceptado o negado haber hecho algo o que las cosas que te muestran sean tuyas. Uno siempre tiene el derecho de reconocer o no lo que quiera con posterioridad cuando se esta llevando el juicio y con un abogado que te asesore todo el tiempo, sea el que te pone el Estado que se llama “defensor oficial” o el que ponen tus familiares.


3.- LA POLICIA NO PUEDE ENTRAR A TU CASA O A LUGARES DONDE VOS CONCURRAS SIN ORDEN ESCRITA DEL JUEZ. NEGALES EL ACCESO.


Nunca debes decirle a la policía que les permitís el ingreso. Sólo pueden ingresar contra tu voluntad si te muestran un papel escrito firmado por un juez en donde figure que están autorizados para entrar a tu casa, local partidario, local comercial, etc. Como así tampoco para que registren tu auto, cartas y demás cosas que te pertenezcan. Los jueces dicen que si vos permitís que ingresen es porque estas de acuerdo y lo llaman “registro voluntario”. La policía sólo puede entrar a tu casa con una orden de allanamiento y secuestros de cosas o requisas, que la haya hecho un juez y la policía solo puede ir a tu casa en horas del día (de sol a sol, salvo que en la orden escrita de allanamiento que la policía lleva, el juez autorice el mismo después de la caída del solo, sea la hora que sea).

Aún en este caso negarte a firmar el acta de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento y secuestro de elementos. La policía que lleva la orden de allanamiento una vez que termina de estar en tu casa escribe en un papel lo que hizo y lo que encontró. De esta forma no aceptas lo que la policía escribió en ese papel en caso de que hayas dicho cosas que no son ciertas, irregularidades, que capaz que en el momento que entraron a tu casa no te diste cuenta.


4.- TENES DERECHO A LLAMAR A UN ABOGADO.-


En cualquiera de los casos de detención que hemos visto tenés derecho que un abogado te defienda. No pueden negarle al abogado que te visite y hable con vos y te diga que hacer. El abogado TIENE QUE ESTAR PRESENTE en todas las audiencias (por ejemplo la de indagatoria), o te hagan cualquier tipo de preguntas (no sean nombre y apellido, documento y domicilio) o firmar cualquier tipo de papeles. Es obligatoria la presencia de tu abogado (o el defensor oficial), no pudiéndose negar tal presencia. Si uno no conoce un abogado o la policía no te permitió llamar a alguno, el Estado tiene la obligación de nombrar un defensor oficial, que es un abogado que es nombrado por el Estado para que defienda y asesore a todas las personas que están detenidas o que sin estarlo tienen un causa penal y que no han designado un abogado particular.


5.- AÚN DETENDIO TENES DERECHO A HACER UN LLAMADO TELEFONICO PARA AVISAR A UN FAMILIAR, AMIGO O ABOGADO QUE ESTAS EN LA COMISARIA. LA POLICIA ESTA OBLIGADA A PERMITIRTE EL LLAMADO.


En cualquier caso tenés derecho a informarle a quien vos quieras por qué estas detenido y en que comisaría estás, en el primer caso podés hacer una llamada (acordate que con asterico *19 tenés cobro revertido) y en el segundo requerir que el personal policial, sea el que se comunique e informe a la persona que vos elijas e informe tu situación.

Si te atiende un contestador debes informar tu nombre, y donde estas detenido con la mayor precisión posible (número o dirección de la comisaría).

Tenés que tener de antemano un teléfono a quien avisar de tu familia u organización.

Si estás detenido y además incomunicado, igualmente tenés el derecho de comunicarte con tu abogado. La incomunicación tiene que estar fundamentada, esto quiere decir que el juez tiene que explicar porque motivo estas incomunicado y no te pueden tener más de 12 horas incomunicado y salvo en casos excepcionales te pueden tener incomunicado hasta un máximo de 48 hs.


6.- QUE HACER CUANDO TE HACEN FIRMAR PAPELES. APELACION DE RESOLUCIONES.


Aún sin que hayas estado con un abogado, te pueden hacer querer firmar un papel que se llama “sanción de arresto”, en estos casos, lo tenés que firmar escribiendo en el mismo papel “DEJO EXPRESA CONSTANCIA DE DISCONFORMIDAD”, de lo contrario puede perderse el término para apelar, que significa revisar por otro juez aquello que firmaste.

La formula más sencilla es escribir de puño y letra a continuación del texto que traen para que firmes, sin dejar espacio alguno, “ME NOTIFICO Y APELO”, o simplemente “APELO” y firmas.

Si el motivo de tu detención es porque dicen que cometiste un delito, debes negarte a firmar cualquier papel escrito que te traigan pues va a ver tiempo para que tu abogado durante el juicio repase todo y discuta qué es lo que se hizo en la etapa donde el fiscal prepara todo para acusarte.


7.- ANTES DE SER DETENIDO.


Debes tener un domicilio donde el que atienda diga conocerte y que vivís allí. Este domicilio no puede ser el de Liberpueblo.

Debes tener un teléfono de un familiar o de un compañero a quien avisar en caso de que te detengan.